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Denuncias disciplinarias

Con el propósito de facilitar el acceso a los mecanismos institucionales de denuncia y asegurar una adecuada gestión de los antecedentes que se presenten ante la Universidad, informamos la implementación de un procedimiento específico para el ingreso y tramitación de denuncias relativas a hechos que pudieren constituir faltas administrativas o infracciones disciplinarias.

Es importante recordar que este procedimiento se aplica a materias de carácter general y es distinto de los procedimientos especiales establecidos para las denuncias reguladas por la Ley N.º 21.643 (Ley Karin) y por el Protocolo de Actuación en casos de Violencia de Género y Discriminación Arbitraria.

  • ¿Cómo ingresar una denuncia?

Las denuncias relativas a hechos que pudieren constituir faltas administrativas o infracciones disciplinarias deberán remitirse al correo institucional:

procesos.disciplinarios@umce.cl

La presentación deberá efectuarse mediante el formulario institucional dispuesto para estos efectos, incorporando una descripción clara y circunstanciada de los hechos denunciados y acompañando, en la medida de lo posible, los antecedentes o medios de prueba que se estimen pertinentes.

  • ¿Qué ocurre una vez ingresada la denuncia?

Recibida la denuncia, ésta será sometida a un examen de admisibilidad, con el apoyo técnico de la Dirección Jurídica, a fin de determinar si los antecedentes expuestos justifican el inicio de un procedimiento disciplinario.

Si de los antecedentes aportados aparecen hechos que pudieren constituir una infracción administrativa, la autoridad competente podrá disponer la instrucción de una investigación sumaria o de un sumario administrativo, según corresponda.

Por el contrario, si los hechos denunciados carecen manifiestamente de fundamento suficiente o no revisten el carácter de falta administrativa o infracción disciplinaria, se emitirá una resolución fundada que dispondrá el término de la tramitación, la que será notificada a la persona denunciante.

Los procedimientos disciplinarios se desarrollarán conforme a la normativa vigente, resguardando el debido proceso, la imparcialidad, la confidencialidad de los antecedentes y las garantías que asisten a todas las personas intervinientes.

Este mecanismo tiene por finalidad fortalecer los canales institucionales de reporte y asegurar una tramitación objetiva, transparente y ajustada a derecho.

Procedimientos especiales: Ley Karin y Protocolo de Violencia de Género y Discriminación Arbitraria

Recordamos a la comunidad universitaria que las denuncias por violencia de género, acoso sexual o discriminación de género deben presentarse ante la Oficina de Género y Sexualidades, de manera presencial o mediante el correo electrónico denuncias.genero@umce.cl, conforme al protocolo institucional y utilizando el formulario disponible para dichos efectos.

Asimismo, las denuncias por acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo, reguladas por la Ley N.º 21.643 (Ley Karin), deberán presentarse ante la Dirección de Desarrollo y Gestión de Personas a través del correo electrónico denuncialaboral@umce.cl, de acuerdo con el procedimiento institucional vigente.

Secretaría General