Admisión Pregrado

Transferencia

Transferencia Interna

La Transferencia Interna es el mecanismo mediante el cual una persona estudiante de la UMCE puede solicitar el cambio a otra carrera de pregrado impartida por la Universidad, pudiendo solicitar la homologación de asignaturas cursadas previamente, si corresponde.

La persona postulante que solicite transferencia interna será entrevistada por el Departamento Académico de destino, quien determinará la aceptación o el rechazo de la solicitud.

La transferencia interna sólo se hará efectiva a partir del período académico siguiente al de la postulación.

Quien postule a una carrera pedagógica deberá cumplir con los requisitos de la Ley 20.903. Quien postule a una carrera no pedagógica deberá cumplir con el promedio ponderado o el promedio de las pruebas obligatorias Competencia Lectora y Competencia Matemática 1 igual o superior a 485 puntos.

Talento Artístico Musical

Vía de ingreso dirigida a postulantes que demuestren una trayectoria destacada, competencias o habilidades relevantes en el ámbito de la música, acreditadas mediante antecedentes formativos, participación en agrupaciones, certificaciones o evaluaciones específicas definidas por la Universidad.

Requisitos y Documentación para la vía "Transferencia"

Requisitos específicos

•  Ser estudiante vigente o encontrarse con postergación de estudios en una carrera de pregrado de la UMCE
•  No haber sido eliminado de la carrera de origen
•  Existencia de cupos disponibles en la carrera de destino
•  No haber ejercido este derecho en más de dos oportunidades

Documentación

•  Cédula de Identidad
•  Ficha curricular de Ucampus

1.- Toda solicitud deberá ser presentada a través de la plataforma de postulación que dispone la universidad para el proceso de Admisión Especial de cada año, en el período definido en el calendario académico.

2.- El o la postulante deberá completar los datos solicitados en la plataforma, adjuntar la documentación requerida y enviar la postulación.

3.- La Unidad de Admisión verificará la admisibilidad de la postulación. Si la postulación es admisible remitirá el expediente a la Dirección del Departamento Académico correspondiente para efectuar una entrevista selectiva. En caso contrario, la postulación será rechazada y se informará a la persona postulante, mediante correo electrónico, las razones de dicha decisión.
Si la causal de rechazo fuera subsanable, la persona postulante podrá ingresar una nueva postulación, siempre que aún existan cupos disponibles en la carrera de su elección.

4.- Recibido el expediente, el Departamento Académico deberá coordinar la entrevista e informar oportunamente a la persona postulante.
Efectuada la entrevista, la Dirección del Departamento Académico remitirá al Decanato el expediente de postulación, acompañado del Acta de Entrevista, en la que conste informe fundado que recomendará aceptar o rechazar la solicitud. Copia de dichos antecedentes deberá ser remitida a la Unidad de Admisión.

5.- La o el Decano remitirá a la Dirección Jurídica el expediente completo con todos sus antecedentes, junto con su decisión fundada de aceptar o rechazar la solicitud, para la elaboración del acto administrativo correspondiente. Se deben enviar los expedientes de las o los postulantes aceptados y rechazados.

6.- Una vez totalmente tramitada la resolución exenta que autoriza la Transferencia interna y comunicada a los intervinientes, la Unidad de Admisión dispondrá de la información

7.- Estructura del procedimiento
Unidad de Admisión: verifica admisibilidad.
Departamento Académico: entrevista e informa fundadamente. Decano: resuelve la solicitud.
Dirección Jurídica: formaliza mediante resolución exenta.
Unidad de Admisión: ejecuta la resolución e informa a la persona interesada.

El presente instrumento tiene como objetivo estandarizar el proceso de evaluación para los estudiantes de pregrado que solicitan una transferencia interna de carrera. Se busca garantizar un proceso equitativo, transparente y con validez académica, resguardando la autonomía de cada Departamento para formular sus preguntas específicas, bajo un marco común de exigencia institucional.

I.- Estructura del Proceso

Los Departamentos Académicos deberán guiar su entrevista asegurando, a través de las preguntas que formule a el/la postulante, la revisión de cuatro dimensiones fundamentales:

  1.  Vocación y Motivación por la carrera de destino
    Capacidad de la persona postulante para explicar de manera reflexiva las razones que fundamentan su solicitud de transferencia y su interés por la carrera de destino
  2.  Viabilidad Académica y Estrategias de Aprendizaje
    Potencial de la o el postulante para abordar con éxito las exigencias del nuevo plan de estudios, considerando sus antecedentes y su capacidad de autorregulación.
  3.  Capacidad de Adaptación y Resiliencia
    Herramientas socioemocionales de la o el estudiante para enfrentar el costo asociado a un cambio interno (pérdida de red de pares, desfase de semestres, posible carga académica de distintos niveles).
  4.  Planificación de la Trayectoria Académica
    Nivel de realismo y responsabilidad con el que la o el estudiante proyecta su avance curricular tras el cambio.

II. Autonomía del Departamento Académico

Cada Departamento Académico tiene la facultad de definir el banco de preguntas concretas que estime convenientes para explorar las dimensiones señaladas.

Las entrevistas deben ser conducidas por una comisión integrada por al menos dos académicos designados por la Dirección del Departamento Académico de la carrera de destino para evitar sesgos individuales.

III. Directrices para la calificación y cierre

Justificación Obligatoria: Es un requisito legal e institucional emitir una síntesis técnica que fundamente la decisión adoptada (Aceptado/Rechazado). Esta argumentación es el único respaldo oficial ante eventuales apelaciones de los estudiantes.

Deber de Reserva: Por la naturaleza de la información académica y socioemocional expuesta, el proceso está sujeto a estricta confidencialidad bajo la Ley N°19.628 y sus modificaciones, y será tratada exclusivamente para fines asociados al procedimiento de transferencia interna. Los datos y deliberaciones no pueden ser compartidos con terceras personas ajenas al proceso de selección.

Puntuación Objetiva: Al finalizar la entrevista, los evaluadores consensuarán una nota del 1 al 4 para cada criterio, utilizando la siguiente matriz:

Nivel de logroPuntuaciónDescripción
Excelente4Responde con argumentos sólidos, demuestra conocimiento profundo de la carrera, consistencia absoluta con sus antecedentes y manifiesta claridad, coherencia y fundamentos suficientes
Bueno3Responde claramente y cumple el estándar, manifestando convicción, aunque con argumentos menos profundos.
Aceptable2Evidencia las competencias básicas de forma ambigua, requiere contrapreguntas para profundizar o muestra dudas menores.
Insuficiente1No logra fundamentar adecuadamente su solicitud o presenta respuestas inconsistentes con los antecedentes revisados
   

Criterio de Aprobación y Puntaje de Corte: Para que un postulante sea considerado “Aceptado”, deberá alcanzar un estándar mínimo de desempeño equivalente al 60% del puntaje total máximo posible.

Considerando que la evaluación consta de 4 dimensiones ponderadas en igual medida (25% cada una) bajo una escala de calificación de 1 a 4 puntos:
•  Puntaje Total Mínimo: 10 puntos (de un máximo de 16).
•  Nota Promedio Mínima: 2,5 (promedio simple).
Todo postulante que obtenga un puntaje final ponderado inferior a 10 puntos o un promedio menor a 2,5 será calificado automáticamente como “Rechazado”.

 

•   La entrevista será presencial o por medios electrónicos autorizados por la Universidad.
•   Tendrá una duración aproximada de 20 a 30 minutos.
•   Todos los postulantes deberán ser evaluados conforme a las mismas dimensiones.
•   Las preguntas específicas serán definidas por el Departamento Académico.
•   La Comisión podrá formular preguntas complementarias cuando lo estime necesario.


Concluida la entrevista, la Comisión levantará el Acta de Entrevista y Evaluación, registrando el puntaje obtenido por la persona postulante, la fundamentación de la recomendación y las firmas de sus integrantes.