Declaración de los rectores del Consorcio de Universidades del Estado ante el fallo del Tribunal Constitucional

La educación de calidad, constituida ahora en un derecho fundamental de nuestra sociedad, lleva implícita la condición de constituir una actividad no lucrativa. La sociedad chilena, mediante un proceso democrático y una ley, hizo efectivo y extensivo este principio al conjunto de instituciones de educación superior cuyos organizadores estuvieran constituidos como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro.

Constituyen Comisión de Autoevaluación Institucional para Acreditación 2019

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Se han constituido además tres comités para cada área de acreditación: gestión institucional, docencia de pregrado y vinculación con el medio, además de un Comité Ejecutivo. En conjunto, coordinan el trabajo de recopilación, análisis de información y evaluación interna del quehacer universitario.