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Miércoles, 07 Julio 2021 00:28

Mesa de trabajo remoto UMCE elabora reglamento que regula las labores a distancia de los/as funcionarios/as Destacado

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Entre las iniciativas está la “franja horaria libre”, entre 13:00 a 14.30 horas, donde no se podrán fijar reuniones ni exigir el cumplimiento de labores, y el Día de trabajo autónomo, jornada en la que no se programarán reuniones de trabajo en línea.

El reglamento “Jornada laboral y flexibilidad horaria en el contexto de la modalidad de trabajo a distancia" (disponible aquí) e iniciativas como la franja horaria libre y el día de trabajo autónomo, sumado a infografías informativas con recomendaciones, son parte de las iniciativas desarrolladas por la Mesa de trabajo remoto UMCE, una instancia con participación de autoridades y de las distintas representaciones gremiales que funciona desde el 29 de abril, ante el contexto de emergencia sanitaria.

Producto de este trabajo colaborativo se elaboró el mencionado reglamento, cuyo objetivo es compatibilizar las funciones laborales, familiares y domésticas que convergen en la actual modalidad, el cual fue aprobado mediante la resolución exenta N°1003919/2021.

Dentro las iniciativas reguladas, se estableció una “franja horaria libre”, que regirá entre 13:00 a 14.30 horas, donde no se podrán fijar reuniones ni exigir el cumplimiento de labores a los/as funcionarios/as, reconociendo expresamente, su derecho a desconexión digital.

Sergio Parra, jefe del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas, destacó el objetivo de las iniciativas. “Se busca dar a conocer el trabajo mancomunado entre la autoridad y los gremios compatibilizando las realidades de los distintos estamentos funcionarios en relación a las actividades laborales realizadas en modalidad de trabajo no presencial y reforzar, a través de acciones y recomendaciones, los cuidados físicos y mentales de las/los trabajadores/as”, indicó.

Este reglamento será reforzado a través de infografías, buscando ser una herramienta para apoyar los procesos de trabajo participativos, el correcto manejo de los equipos y el respeto de las funciones laborales, familiares y domésticas.

Día de trabajo autónomo

Con la finalidad de compatibilizar las realidades de los distintos estamentos funcionarios en relación a las actividades laborales realizadas en modalidad de trabajo no presencial, también se estableció para el estamento no académico el “Día de trabajo autónomo”. 

Dicha jornada corresponderá al miércoles de la semana de trabajo autónomo del estamento académico. Con la finalidad de avanzar en las tareas propias de sus respectivas funciones, en este día no se programarán reuniones de trabajo en línea, mediante la modalidad del trabajo autónomo, de acuerdo al plan convenido con su respectiva jefatura.

El calendario académico del primer semestre 2021 fija como semana de trabajo autónomo académico del 12 al 15 de julio, correspondiendo, entonces, el miércoles 14 de julio, como el día de trabajo autónomo del personal administrativo.

Para el segundo semestre académico 2021, los días de trabajo autónomo serían los siguientes:

  • Septiembre, miércoles 8.
  • Octubre, miércoles 13.
  • Noviembre, miércoles 10.
  • Diciembre, martes 7 (por feriado miércoles 8)

PUEDEN REVISAR REGLAMENTO SOBRE JORNADA LABORAL Y FLEXIBILIDAD HORARIO AQUÍ

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