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Transparencia Activa - Estructura orgánica: Facultades, funciones y atribuciones de las unidades de la UMCE

El Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 1 de 1986 y las Resoluciones Internas Nº 1085 del mismo año y Nº 153 del año 2000 constituyen las principales fuentes legales que se refieren a facultades, funciones y atribuciones de las principales unidades, órganos y dependencias internas.

Unidades, órganos o dependencias internas
Facultades, funciones y atribuciones
Fuente Legal
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JUNTA DIRECTIVA

a) Fijar, a propuesta del Rector, la política global de desarrollo de la Universidad y los planes destinados a materializarla;

b) Aprobar la estructura orgánica de la Universidad y sus modificaciones;

c) Proponer al Presidente de la República una terna para la designación del Rector. La terna se elaborará de acuerdo al procedimiento que señale el reglamento que para tal efecto deberá dictar la Junta Directiva;

d) Proponer al Presidente de la República la remoción del Rector;

e) Aprobar la creación, modificación o supresión de diplomas y certificados, y los títulos o grados que correspondan;

f) Aprobar, a propuesta del Rector, el nombramiento de los funcionarios superiores de la Universidad a que se refiere este Estatuto;

g) Acordar las normas reglamentarias que el presente Estatuto expresamente le encomiende;

h) Aprobar la remoción del Contralor Interno;

i) Aprobar, a propuesta del Rector, el presupuesto anual de la Corporación y sus modificaciones;

j) Pronunciarse sobre la cuenta anual del Rector;

k) Aprobar la creación y el otorgamiento de las distinciones honoríficas que la Universidad conceda;

l) Requerir del Rector y de las autoridades unipersonales o colegiadas todos los antecedentes que estime necesarios para el ejercicio de sus atribuciones;

m) Autorizar la adquisición de bienes raíces, la construcción de nuevos edificios y la restauración de los ya existentes;

n) Autorizar la enajenación y gravamen de bienes raíces;

ñ) Aprobar las plantas de personal y sus modificaciones;

o) Aprobar las normas con arreglo a las cuales se fijarán las remuneraciones del personal de la Corporación;

p) Aceptar donaciones, herencias o legados;

q) Aprobar contrataciones de empréstitos con cargo a fondos de la Universidad, y

r) Las demás que se le otorguen o encomienden en este Estatuto.


Artículo 13° DFL N° 1/86

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 CONSEJO ACADÉMICO

a) Actuar como cuerpo consultivo del Rector en todas las materias académicas relacionadas con el funcionamiento de la Corporación;

b) Designar los integrantes que correspondan en la Junta Directiva;

c) Proponer al Rector todas las iniciativas que estime de utilidad para la marcha de la Corporación

d) Requerir de los Decanos información relacionada con el funcionamiento de las Facultades y formular observaciones y recomendaciones cuando corresponda, para asegurar la coherencia del quehacer institucional;

e) Proponer al Rector la creación, modificación o supresión de planes de estudios de las carreras y de los programas conducentes a grados académicos que ofrezca la Universidad, y sugerir las adecuaciones de las respectivas certificaciones;

f) Aprobar los planes de investigación y de extensión que sometan a su consideración los organismos académicos correspondientes;

g) Elaborar un informe referido a los cupos anuales de las carreras y programas que ofrezca la Universidad y a los requisitos de ingreso a los mismos, sobre la base de lo propuesto por las Facultades;

h) Determinar el calendario de las actividades académicas de la Universidad;

i) Dictar el reglamento de su funcionamiento interno;

j) Efectuar toda otra función que este Estatuto y los reglamentos le entreguen, y

k) Resolver desacuerdos y conflictos de atribuciones entre dos o más facultades, en asuntos académicos.


Artículo 26º DFL Nº1/86:

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RECTOR

a) Dirigir y supervisar la marcha académica, administrativa y financiera, como asimismo, coordinar las funciones de docencia, investigación y extensión que realice la Universidad;

b) Ejecutar los acuerdos de la Junta Directiva, dictando al efecto las resoluciones que correspondan;

c) Dictar los reglamentos y resoluciones que sean adecuados a la marcha de la Institución;

d) Delegar las atribuciones que estime conveniente en las autoridades de la Universidad que él determine;

e) Proponer a la Junta Directiva las plantas del personal y sus modificaciones;

f) Proponer a la Junta Directiva las normas con arreglo a las cuales se fijarán las remuneraciones del personal de la Corporación;

g) Nombrar a los funcionarios superiores; previo acuerdo de la Junta Directiva, y al resto del personal de la Universidad, cualquiera que sea su categoría o grado y decidir su remoción, todo lo anterior conforme a lo dispuesto en este Estatuto;

h) Proponer a la Junta Directiva el presupuesto anual de la Universidad y sus modificaciones;

i) Aprobar el cupo anual y los requisitos de ingreso de estudiantes, previo informe del Consejo Académico;

j) Proponer a la Junta Directiva la creación, modificación o supresión de diplomas y certificados y los títulos o grados que correspondan;

k) Proponer a la Junta Directiva la creación y el otorgamiento de Distinciones Honoríficas;

l) Fijar el valor de la matrícula y de los otros derechos cobrados por la Universidad, y

m) Todas aquellas que hagan posible la adecuada dirección y supervisión de las actividades universitarias.


 Artículo 38º DFL Nº 1/86:

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VICERRECTOR ACADÉMICO

a) Asesorar directamente al Rector en los asuntos relativos a políticas de docencia, investigación y extensión,

b) Proponer al Consejo Académico las orientaciones y criterios básicos para definir dichas políticas,

c)Emitir los informes técnicos del caso sobre los proyectos y programas académicos que elaboren las Facultades

d) Impulsar el perfeccionamiento del personal académico.


 Artículo 47º DFL Nº 1/86:

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CONTRALOR INTERNO

a) Ejerce el control de la legalidad de los actos de las autoridades de la Corporación,

b) Fiscaliza el ingreso e inversión de los recursos universitarios

c) Examina las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de la UMCE

d) Medidas de fiscalización y control en general

e) Tiene además las facultades que, conforme a las leyes, le corresponden a la Contraloría General de la República


 Artículo 58º DFL Nº 1/86

Art 1º y 2º Resolución Interna Nº 1085/86

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SECRETARIO GENERAL

a)Actúa en calidad de Ministro de Fe de la Institución, certifica y refrenda con su firma la documentación general de la Corporación, en especial las resoluciones, los diplomas de títulos y grados, así como las actas de acuerdos de la Junta Directiva;

b) Es el Conservador del Archivo Institucional y del Sello de la Universidad.


 Artículo 54º DFL Nº 1/86

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DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

a) Elabora los planes de desarrollo institucional, coordinando las iniciativas originadas en los organismos académicos y administrativos de la Corporación.

b) Elabora las alternativas de presupuestos, que serán elevadas por el Rector a consideración y aprobación de la Junta Directiva.


 Artículo 59º DFL Nº 1/86.-

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 DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN a) Responsable de dirigir y supervisar los asuntos relativos a los recursos humanos, financieros y físicos para el adecuado y eficiente funcionamiento de las actividades universitarias.

 Artículo 61º DFL Nº 1/86 icon Ver
 DIRECTOR DE ASUNTOS ESTUDIANTILES a) Dirigir y supervisar todos los servicios de la Corporación relativos al bienestar, a la salud y a la recreación de los alumnos y todos aquellos otros que fije el respectivo reglamento.
    b) Coordinar las iniciativas estudiantiles, relacionando sus organizaciones con las autoridades superiores de la Corporación.

     Artículo 63º DFL Nº 1/86. icon Ver
     DECANOS  a) Dirigir y supervisar las actividades académicas y administrativas de la Facultad y presidir el respectivo Consejo de Facultad;b) Ser por derecho propio, miembro del Consejo Académico de la Universidad;

    c) Dirigir y supervisar las actividades académicas y administrativas de la Facultad

    d) Proponer al Vicerrector Académico los planes de estudio de las    carreras y los programas conducentes a grado que imparta la Facultad con su respectiva reglamentación y los proyectos académicos relativos a investigación, extensión, perfeccionamiento y desarrollo académico en las áreas de su competencia;

    e) Proponer al Rector las contrataciones de personal que sean necesarias para la marcha de la Facultad,

    f) Crear en la Facultad las Comisiones Asesoras que juzgue necesarias conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Resolución Nº 153/00, y establecer su normativa

    g) Proponer a los académicos de la Facultad para intervenir, en representación de ella, en encuentros, seminarios, jornadas, simposios etc…de carácter nacional o internacional

    h) Pronunciarse sobre las solicitudes de becas de estudio, en el país o en el extranjero, y sobre su participación en cursos de perfeccionamiento

    i) Proponer al Rector, la remoción de los Directores de Departamentos e Institutos, con exposición fundada de motivos.

     Artículo 53º DFL Nº 1/86

    Art.9º Resolución Interna Nº 153/00.
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     SECRETARIOS DE FACULTAD
     
    1. Colaborar con el Decano en la ejecución de las políticas y líneas de acción que corresponden a la Facultad
    2. Realizar otras tareas académico administrativas que le asigne el Decano;
    3. Subrogar al Decano.

     ART.12º RES. Interna Nº 153/00

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     CONSEJOS DE FACULTAD

    a) Aprobar los proyectos de docencia, de investigación y de extensión de la Facultad, considerando las proposiciones originadas en los Departamentos y conforme en todo a las políticas institucionales;

    b) Actuar como cuerpo consultivo del Decano en todas las materias relacionadas con el funcionamiento de la Facultad, y

    c) Efectuar toda otra función que se le encomiende por el Rector, Decano o por el Vicerrector Académico.


     Artículo 32ºDFL Nº1/86

    Art. 22 Res Interna Nº 153/00

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     DIRECTORES DE DEPARTAMENTO

    a) Representar al Departamento ante las instancias superiores

    b) Integrar el Consejo de Facultad

    c) Presidir el Consejo de Departamento

    d) Proponer las políticas y el plan de trabajo del Departamento al Decano respectivo, quien lo someterá a consideración del Consejo de Facultad;

    e)Supervisar el cumplimiento del programa de actividades del Departamento;

    f) Supervisar el cumplimiento de las políticas sobre docencia, investigación, extensión y perfeccionamiento del Departamento;

    g) Supervisar las actividades administrativas que correspondan en conformidad con los reglamentos;

    h) Asignar las funciones que correspondan para la buena marcha del Departamento;

    i) Someter a la consideración del Decano respectivo las iniciativas y proyectos tendientes al mejor desempeño de las actividades del Departamento

    j) Designar comisiones de trabajo de entre los miembros del Departamento, las que serán exclusivamente asesoras e informativas del propio Director;

    k) Cumplir y hacer cumplir todas aquellas responsabilidades que establezcan los reglamentos de la Universidad.


     ART. 16º RES. Interna Nº 153/00

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     SECRETARIOS ACADÉMICOS

    a) Coordinar las tareas del Departamento, colaborando directamente con el Director, a quien subrogará cuando sea necesario
    b) Atender las funciones de Secretario del Consejo de Departamento;
    c) Coordinar las actividades de la o las carreras y la administración de los Planes de Estudios de las mismas;
    d) Llevar el registro y el control curricular de los alumnos adscritos a las carreras del Departamento
    e) Citar, con indicación de la tabla de materias, a sesiones ordinarias que señale el Consejo de Departamento y a sesiones extraordinarias;
    f) Preparar las actas resumidas de las sesiones del Consejo de Departamento y conservar toda la documentación correspondiente;
    g) Todas las atribuciones que le encomiende el Director


     ART.17 RES. INTERNA 153/00

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     CONSEJO DE DEPARTAMENTO

     Actuará como cuerpo consultivo del Director en todas las materias relacionadas con el funcionamiento del Departamento

     ART.26 RES. INTERNA 153/00

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